Convenio Restauración Colectiva 2026: Comedores, Catering y Diferencias con Hostelería
¿Qué es la restauración colectiva?
La restauración colectiva es el sector que agrupa a todas las empresas que preparan y sirven comidas a colectividades: comedores de empresa, colegios, hospitales, residencias de ancianos y eventos institucionales.
A diferencia de la hostelería (bares, restaurantes, hoteles), la restauración colectiva se rige por su propio convenio colectivo, con condiciones laborales, salarios y horarios específicos.
Referencia oficial: Consulta el convenio vigente en el BOE buscando "convenio colectivo restauración colectiva".
¿Qué empresas aplican el convenio de restauración colectiva?
Sí aplican este convenio:
- Comedores de empresa (oficinas, fábricas, centros de trabajo)
- Comedores escolares (colegios, institutos, universidades)
- Catering hospitalario (hospitales públicos y privados)
- Residencias de ancianos (catering para residencias)
- Cocinas centrales de preparación y distribución
- Catering institucional (administraciones públicas, cuarteles)
- Catering de eventos corporativos (congresos, convenciones)
No aplican este convenio:
- Bares y restaurantes → convenio de hostelería
- Hoteles → convenio de hostelería
- Empresas de fast food → convenio propio del sector
- Catering para bodas y eventos privados → suele ser hostelería
- Food trucks → convenio de hostelería o comercio
Tablas salariales restauración colectiva 2026
| Categoría profesional | Salario base anual | Salario mensual (14 pagas) |
|---|---|---|
| Director / a de producción | 25.500€ | 1.821€ |
| Jefe / a de cocina central | 22.000€ | 1.571€ |
| Cocinero / a | 18.500€ | 1.321€ |
| Ayudante de cocina | 16.800€ | 1.200€ |
| Camarero / a de comedor | 16.500€ | 1.178€ |
| Monitor / a de comedor escolar | 15.800€ | 1.128€ |
| Personal de limpieza | 15.500€ | 1.107€ |
| Conductor / repartidor | 17.200€ | 1.228€ |
| Dietista / Nutricionista | 23.000€ | 1.642€ |
Nota: Los salarios pueden variar según la empresa y el ámbito geográfico. Estos son orientativos basados en el convenio estatal.
Diferencias clave: restauración colectiva vs hostelería
| Aspecto | Hostelería | Restauración colectiva |
|---|---|---|
| Ámbito | Bares, restaurantes, hoteles | Comedores, catering institucional |
| Negociación | Provincial / autonómica | Estatal |
| Horarios típicos | Irregular, noches, festivos | Más regulares, lunes a viernes |
| Temporalidad | Alta (estacional) | Baja (contratos estables) |
| Salario camarero/a | 16.200-19.200€ | 15.800-17.500€ |
| Salario cocinero/a | 17.000-21.200€ | 17.500-20.000€ |
| Nocturnidad | Frecuente | Poco habitual |
| Propinas | Habituales | Inexistentes |
| Jornada máxima | 1.792-1.826 h/año | 1.800 h/año |
| Festivos | Se trabajan habitualmente | Raramente se trabajan |
¿Cuál paga mejor?
Depende del puesto y la comunidad:
- Hostelería suele pagar más en categorías de camarero/a por propinas y complementos de nocturnidad/festivos
- Restauración colectiva ofrece mayor estabilidad, horarios predecibles y menor carga física
- Para cocineros, los salarios son similares, pero la RC ofrece mejor conciliación
Jornada laboral en restauración colectiva
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Jornada máxima anual | 1.800 horas |
| Horario habitual | 7:00-15:00 o 8:00-16:00 (turno único) |
| Fines de semana | Generalmente libres (salvo hospitales/residencias) |
| Festivos | Raramente trabajados |
| Vacaciones | 30 días naturales + festivos recuperados |
| Nocturnidad | Poco frecuente, plus del 25% si aplica |
Turnos más comunes
- Comedores de empresa: turno de mañana (7:00-15:00), servicio de comida 12:00-15:00
- Comedores escolares: turno partido (9:00-16:00), servicio de comida 12:30-15:00
- Hospitales: turnos rotativos (mañana/tarde/noche), incluidos fines de semana
Requisitos y formación
Para trabajar en restauración colectiva necesitas:
Obligatorio
- Carnet de manipulador de alimentos (renovación cada 5 años)
- Formación en APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control)
- Formación en alérgenos (Reglamento UE 1169/2011)
Recomendado
- Curso de dietética y nutrición (especialmente en comedores escolares)
- Formación en seguridad alimentaria avanzada
- Certificado de higiene alimentaria
¿Cómo saber qué convenio me aplica?
Si tienes dudas sobre si tu empresa aplica el convenio de restauración colectiva o el de hostelería, comprueba:
- El objeto social de la empresa en el Registro Mercantil (CNAE)
- El tipo de clientes: ¿colectividades o público general?
- El contrato de servicio: ¿es una licitación pública o un negocio propio?
- La actividad principal: preparación masiva para colectivos = RC
Clave: Si la empresa se dedica principalmente a alimentar colectividades (colegios, empresas, hospitales), aplica el convenio de restauración colectiva. Si atiende al público general, aplica hostelería.
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