Convenio Hostelería 2026: Guía Completa por Comunidad Autónoma
¿Qué es el convenio de hostelería?
El convenio colectivo de hostelería es el acuerdo laboral que regula las condiciones de trabajo en el sector hostelero: salarios, jornada laboral, vacaciones, descansos, permisos y otros derechos laborales.
A diferencia de otros sectores, en hostelería no existe un convenio estatal único. Las condiciones se negocian a nivel provincial o autonómico, lo que significa que un camarero en Madrid puede tener condiciones diferentes a uno en Barcelona o Málaga.
¿Por qué es importante conocer tu convenio?
Como hostelero, conocer tu convenio es fundamental porque:
- Establece los salarios mínimos que debes pagar a cada categoría profesional
- Define la jornada máxima y los descansos obligatorios
- Regula las horas extra, nocturnidad y festivos
- Determina las vacaciones y permisos retribuidos
- Protege frente a inspecciones de Trabajo y demandas laborales
Riesgo: Incumplir el convenio puede suponer sanciones de 6.251€ a 187.515€ según la gravedad.
Tablas salariales 2026 por comunidad autónoma
A continuación, las principales categorías profesionales y sus salarios base anuales orientativos para 2026. Consulta siempre el BOE o BOJA/BOCM correspondiente para datos exactos.
Madrid (Convenio de Hostelería de Madrid)
| Categoría | Salario base anual | Salario mensual (14 pagas) |
|---|---|---|
| Jefe/a de cocina | 22.800€ | 1.628€ |
| Cocinero/a de primera | 19.600€ | 1.400€ |
| Cocinero/a de segunda | 17.800€ | 1.271€ |
| Camarero/a | 17.500€ | 1.250€ |
| Ayudante de camarero/a | 16.200€ | 1.157€ |
| Personal de limpieza | 15.800€ | 1.128€ |
Cataluña (Convenio de Hostelería de Barcelona)
| Categoría | Salario base anual | Salario mensual (14 pagas) |
|---|---|---|
| Jefe/a de cocina | 23.500€ | 1.678€ |
| Cocinero/a de primera | 20.100€ | 1.435€ |
| Cocinero/a de segunda | 18.200€ | 1.300€ |
| Camarero/a | 17.900€ | 1.278€ |
| Ayudante de camarero/a | 16.600€ | 1.185€ |
| Personal de limpieza | 16.100€ | 1.150€ |
Andalucía (varía por provincia)
| Categoría | Málaga | Sevilla | Granada |
|---|---|---|---|
| Jefe/a de cocina | 21.000€ | 20.800€ | 19.500€ |
| Cocinero/a | 17.500€ | 17.200€ | 16.800€ |
| Camarero/a | 16.800€ | 16.500€ | 16.200€ |
| Ayudante | 15.500€ | 15.200€ | 15.000€ |
Comunidad Valenciana
| Categoría | Salario base anual | Salario mensual (14 pagas) |
|---|---|---|
| Jefe/a de cocina | 21.500€ | 1.535€ |
| Cocinero/a | 18.000€ | 1.285€ |
| Camarero/a | 17.200€ | 1.228€ |
| Ayudante | 15.800€ | 1.128€ |
Baleares
| Categoría | Salario base anual | Salario mensual (14 pagas) |
|---|---|---|
| Jefe/a de cocina | 24.500€ | 1.750€ |
| Cocinero/a | 20.800€ | 1.485€ |
| Camarero/a | 19.200€ | 1.371€ |
| Ayudante | 17.500€ | 1.250€ |
Baleares, Canarias y Madrid suelen tener los salarios más altos del sector por el alto coste de vida y la dependencia del turismo.
Canarias
| Categoría | Salario base anual | Salario mensual (14 pagas) |
|---|---|---|
| Jefe/a de cocina | 23.800€ | 1.700€ |
| Cocinero/a | 19.500€ | 1.392€ |
| Camarero/a | 18.500€ | 1.321€ |
| Ayudante | 16.800€ | 1.200€ |
País Vasco
| Categoría | Salario base anual | Salario mensual (14 pagas) |
|---|---|---|
| Jefe/a de cocina | 24.000€ | 1.714€ |
| Cocinero/a | 20.500€ | 1.464€ |
| Camarero/a | 19.000€ | 1.357€ |
| Ayudante | 17.200€ | 1.228€ |
Jornada laboral y descansos
Jornada máxima
La mayoría de convenios de hostelería establecen una jornada anual máxima (en lugar de semanal), lo que permite una distribución irregular a lo largo del año:
| Comunidad | Jornada máxima anual | Equivalente semanal |
|---|---|---|
| Madrid | 1.798 horas | ~40 horas |
| Cataluña | 1.800 horas | ~40 horas |
| Andalucía | 1.808 horas | ~40 horas |
| Baleares | 1.792 horas | ~39,8 horas |
| Canarias | 1.800 horas | ~40 horas |
Distribución irregular
La hostelería es un sector con demanda variable (temporada alta, festivos, eventos). Los convenios permiten una distribución irregular de la jornada:
- Temporada alta: Hasta 9-10 horas diarias
- Temporada baja: Jornadas más reducidas o días libres adicionales
- Límite diario: Generalmente 9-10 horas máximo
- Descanso entre jornadas: Mínimo 12 horas
Descanso semanal
- Mínimo legal: 1,5 días de descanso semanal
- Convenios habituales: 2 días de descanso, aunque pueden ser no consecutivos
- Acumulación: Algunos convenios permiten acumular descansos (ej: 4 días libres cada 2 semanas)
Importante: Los descansos semanales son irrenunciables. No se puede pagar más al trabajador a cambio de no descansar.
Vacaciones y festivos
Vacaciones anuales
| Aspecto | Regulación habitual |
|---|---|
| Días de vacaciones | 30 días naturales / 23 días laborables |
| Elección del período | Negociación entre empresa y trabajador |
| Fraccionamiento | Permitido, en períodos mínimos de 7 días |
| Período preferente | Junio-septiembre (salvo pacto en contrario) |
Festivos trabajados
En hostelería es habitual trabajar en festivos. Los convenios regulan la compensación:
- Opción A: Día libre compensatorio + plus de festivo
- Opción B: Retribución del festivo al 150-175% del salario diario
- 14 festivos anuales: Los marcados en el calendario laboral de cada comunidad
Plus de nocturnidad
El trabajo nocturno (generalmente entre las 22:00 y las 6:00) tiene un plus específico:
| Comunidad | Plus nocturnidad |
|---|---|
| Madrid | 25% sobre salario base |
| Cataluña | 25% sobre salario base |
| Andalucía | 20-25% según provincia |
| Baleares | 25% sobre salario base |
Otros derechos importantes
Propinas
La regulación de propinas varía por convenio:
- En general, las propinas no forman parte del salario
- Si se gestionan colectivamente (bote), deben repartirse según lo acordado
- Las propinas cobradas por TPV están sujetas a tributación
Uniformidad
- El empresario debe proporcionar y costear el uniforme de trabajo
- El trabajador es responsable de su mantenimiento y limpieza
- Algunos convenios incluyen un plus de vestuario en lugar de proporcionar el uniforme
Formación
- El trabajador tiene derecho a 20 horas anuales de formación retribuida
- La formación debe estar relacionada con el puesto de trabajo
- El empresario debe facilitar la asistencia a cursos formativos
Periodo de prueba
| Categoría | Duración máxima |
|---|---|
| Personal cualificado | 2-3 meses |
| Personal no cualificado | 1-2 meses |
| Contratos temporales (<6 meses) | 1 mes |
Cómo consultar tu convenio específico
1. Identifica tu convenio
- Los convenios se publican en el BOE (estatales) o en los boletines oficiales de cada provincia/comunidad (BOCM, DOGC, BOJA, etc.)
- Busca "convenio colectivo hostelería + [tu provincia]"
2. Fuentes oficiales
- Ministerio de Trabajo: Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos
- Boletines provinciales: Cada provincia publica los convenios en su diario oficial
- Sindicatos del sector: CCOO y UGT de hostelería tienen guías actualizadas
3. Asesoría profesional
Si tienes dudas sobre la aplicación del convenio en tu establecimiento, consulta con:
- Una asesoría laboral especializada en hostelería
- La asociación de hostelería de tu provincia
- Los servicios de orientación de los sindicatos
Preguntas frecuentes
¿Puedo pagar menos del salario del convenio?
No. Los salarios del convenio son mínimos obligatorios. Puedes pagar más, nunca menos.
¿Qué pasa si no hay convenio en mi provincia?
Se aplica el Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de la Hostelería (ALEH) como norma subsidiaria.
¿Los contratos a tiempo parcial tienen los mismos derechos?
Sí, de forma proporcional a su jornada. Un contrato de 20 horas semanales tiene el 50% de los derechos de uno de 40 horas.
¿Las horas extra son obligatorias?
Las horas extra son voluntarias, salvo pacto en convenio o contrato. El máximo legal es de 80 horas extra al año.
¿Puedo obligar a un trabajador a trabajar en festivo?
Si el convenio lo contempla (como es habitual en hostelería), sí, siempre que se compense adecuadamente con descanso o retribución adicional.
Conclusión
El convenio de hostelería es la hoja de ruta laboral de tu negocio. Conocerlo y cumplirlo no es solo una obligación legal, sino una herramienta para:
- Atraer y retener talento en un sector con alta rotación
- Evitar sanciones de la inspección de trabajo
- Planificar costes laborales con precisión
- Crear un buen ambiente de trabajo
Recuerda: un equipo bien tratado y bien informado da mejor servicio. Y un buen servicio empieza con buenas herramientas.
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